Reclamar una deuda enviando un fax a la empresa del deudor es ilegal
La Audiencia Nacional ha confirmado la sanción de 12000 euros a una gestora de recobro de morosos por enviar un fax reclamando la deuda a la empresa donde presta sus servicios el deudor. Se entiende que el fax es un medio que no garantiza la confidencialidad de los datos expuestos en los documentos, dado que no puede garantizarse que quien recepciona el fax es el propio interesado y se vulnera por tanto la Ley Orgánica de Protección de Datos. Las técnicas de las empresas de cobro a morosos son cada vez más agresivas e invasivas….
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